Estado mexicano no garantiza derechos de mujeres reclusas: CNDH

  • Congreso de Oaxaca analiza Ley de Amnistía para mujeres vulneradas y privadas de su libertad. 
  •  Busca eliminar la violación sistemática a derechos humanos de las mujeres.
  • En México existen 18 penales femeniles que albergan el 40% de las mujeres privadas de su libertad, el resto se ubica en centros mixtos.
  • Legisladores oaxaqueños reconocen que la situación se agrava, en el caso de las reclusas indígenas.

 

Por: María Dolores Peñaloza

La Comisión Nacional de Derechos Humanos, CNDH, señala que el Estado mexicano, inclumple con su obligación de adoptar medidas para asegurar que las mujeres en reclusión, bajo su custodia, gocen de todos los derechos que les corresponden en su calidad de internas. 

En su informe especial, “Mujeres en reclusión”, observó que el sistema penitenciario mexicano, no atiende en la gran mayoría de casos, de manera adecuada, a los requerimientos específicos, por razón de género, señalados en la norma vigente, lo que trae como resultado que las graves carencias en materia de recursos humanos y materiales se acentúen en los centros de reclusión que alojan mujeres. 

En marzo de 2019 la CNDH, señaló que de los 300 centros penitenciarios del país solo 18 son femeniles y albergan al 40.2% de las mujeres privadas de libertad (4,209 personas), mientras que el 59.8% restante se encuentra en centros penitenciarios mixtos, los cuales carecen de espacios dignos y servicios específicos para atender las necesidades de las internas. Los primeros cuentan con calificación de 7.26, de acuerdo con el Diagnóstico Nacional de Supervisión Penitenciaria de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), en tanto que los segundos merecieron 5.98, que es una calificación reprobatoria.

En el caso de Oaxaca, este no cuenta con centros penitenciarios exclusivos para mujeres, por lo que se ubican en instalaciones mixtas, que no están pensadas para sus necesidades específicas. La CNDH,  reafirmó la necesidad mínima de contar con una prisión femenil por cada entidad federativa, con las condiciones necesarias para la atención de los menores que viven con sus madres, para mejorar la situación de las mujeres en reclusión y garantizar el respeto a sus derechos fundamentales. 

La situación de los centros de reclusión propicia la transgresión de los derechos fundamentales de estas mujeres, debido a una serie de irregularidades en materia de instalaciones, alimentación, atención médica, personal técnico y de seguridad; actividades laborales, educativas y deportivas; condiciones de hacinamiento y sobrepoblación, falta de separación entre hombres y mujeres; maltrato; diferencias en las condiciones de vida en reclusión entre éstas y los varones, particularmente por la falta de acceso en igualdad de condiciones a instalaciones y servicios, así como de los satisfactores adecuados y necesarios para el sano desarrollo de sus hijos que permanecen con ellas. 

Especialistas y académicas se pronunciaron en favor de programas sobre justicia restaurativa y la posibilidad de que, conforme a los estándares internacionales, un número importante de mujeres puedan ser externadas y apoyadas en libertad.

El Congreso de Oaxaca, presentó una iniciativa de Ley de Amnistía en Favor de las Mujeres en Situación de Vulnerabilidad Investigadas, Imputadas, Procesadas y sentenciadas. Los legisladores señalan que esto permitirá subsanar la deuda en materia de justicia social que existe hacia las mujeres.

Esta iniciativa dicen, “busca garantizar a las mujeres, el acceso a los derechos humanos en el Sistema de Justicia Estatal, con el objetivo de atender las causas institucionales y estructurales que perpetúan violaciones sistemáticas y la violencia institucional que sufren quienes se hallan privadas de su libertad”.

En un comunicado de prensa la LXIV Legislatura señaló que en los últimos 15 años, ha existido un recrudecimiento en las violaciones de los derechos humanos de las mujeres en México.

En el proyecto de ley presentado por los legisladores adjuntan investigaciones académicas y recomendaciones jurídicas de organismos internacionales y nacionales de protección a derechos humanos, que exponen procedimientos y prácticas discriminatorias en los procesos de las mujeres privadas de su libertad en México, situación que se agrava, particularmente en Oaxaca, si estas son indígenas.

La iniciativa propuesta permite identificar en qué casos o situación jurídica, mujeres privadas de su libertad, pueden ser beneficiarias de este mecanismo para lograr de manera efectiva su reinserción social.

También, plantea como beneficiarias a las mujeres privadas de su libertad o con procesos jurisdiccionales, por violencia familiar, la decisión de abortar, por discriminación y como parte de una fallida estrategia contra el narcotráfico.

El tipo de amnistía propuesto, ofrece una justicia diferenciada a las mujeres y a sus familias, que por motivos del abandono del Estado y la falta de oportunidades, fueron captadas por el crimen organizado, permitiéndoles adaptarse económica y socialmente a una vida productiva y pacífica, a través de medios de subsistencia dignos y legítimos.

La iniciativa de ley fue turnada por la Mesa Directiva, para su análisis y respectiva discusión a las Comisiones correspondientes.

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