Murat H. lanza segundo decreto para «mitigar» Coronavirus.

Con base en los artículos 1° y 4° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 1°, de la Ley General de Salud; 66, 79 fracción XXVIII, 80 fracciones II y XIII, y 84 párrafo primero, de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Oaxaca, así como el artículo 1, de la Ley Estatal de Salud, el Gobernador en Oaxaca, Alejandro Ismael Murat H., difunde  el segundo decreto para contener la propagación del Coronavirus, Covid 19, en el estado.

En un comunicado difundido pasada la media noche, del 4 de abril, señala que esté viernes 3 del mismo mes, entró en vigor el decreto que suspende las actividades no esenciales hasta el 30 de abril, en concordancia con la orden del sector salud de la federación.

Por lo que hoteles y servicios de hospedaje del área turística, que sí pueden dar servicio a domicilio, centros comerciales, plazas públicas, tianguis, los días de plaza y celebraciones religiosas y se suspende la venta de bebidas alcohólicas a partir de las 18:00 horas.

También, menciona el comunicado, que el decreto publicado en el Periodico Oficial de Oaxaca, se contará con el auxilio de la Guardia Nacional, Ejército Mexicano y la Secretaría de Seguridad Pública de Oaxaca, SSPO, que también incrementaran las acciones de seguridad en el estado, con los programas: Plan DN-III y el Plan Marina.

En el segundo decreto, el primero fue publicado el 25 de marzo, para disminuir la propagación del Covid 19, Murat establece que el gobierno a su cargo, llevará a cabo las acciones necesarias para garantizar el abasto de víveres, por lo que no se permitirá ningún incremento en los´precios que afecte la economía de los consumidores.

Así cómo que está obligado, el gobierno del estado, a llevar a cabo todas las acciones necesarias para proteger los derechos humanos de los ciudadanos.

Los únicos giros comerciales y de servicios que tienen autorización para seguir operando son: farmacias, bancos, gasolineras y gaseras, sector salud, mercados, supermercados, tiendas de autoservicio, abarrotes, transporte público y de carga, expendios de productos de limpieza, servicios privados de emergencia, aeropuertos y terminales de autobuses.

En la orden ejecutiva, se establece que a «quien cometa delitos que atenten contra la seguridad de la población» y «se le aplicará todo el peso de la ley».

En el comunicado se hace un llamado a la población a respetar las medidas de prevención y contención, ya que esté segundo decreto, tiene por objeto el evitar, «la posible», propagación de Coronavirus y a la vez mitigar el impacto económico que generan las acciones de combate a la pandemia del Covid 19 y tendrá vigencia hasta que lo determinen las autoridades de salud.

 

SEGUNDO DECRETO GOBIERNO DEL ESTADO.pdf

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