ANIVERSARIO DE LA DENOMINACIÓN DE ORIGEN MEZCAL
COMUNICADO
Hoy inicia el ciclo de conferencias y entrevistas, en celebración el XXX aniversario de la implementación de la Denominación de Origen Mezcal, DOM, en México
El Instituto de Investigación y Estudios Internacional A.C,, Salvador & Salvador Consultoría Jurídica y de Comercio Exterior y El universo del Mezcal, invitan a productores, académicos, comercializadores, exportadores, Investigadores y público en general a la serie de entrevistas sobre la «Ampliación de la «DOM» y conferencias, con la participación de expertos nacionales e internacionales.
A partir de esté 19 de noviembre a las 10 de la mañana, en redes por internet, celebrarán los XXX años de la entrada en vigor de la Denominación de Origen Mezcal, oficializada el 28 de noviembre de 1994 y su última actualización publicada en el Diario Oficial de la Federación, DOF, el 23 de febrero del 2017,
Los organizadores, señalan que el objetivo de la conmemoración de la implementación en México, de la NOM, son: Coadyuvar en la formación de una opinión sobre la ampliación, inclusión de más zonas geográficas,
La denominación de Origen Mezcal: Es el nombre de una región geográfica del país que sirva para designar un producto originario de la misma, y cuya calidad o características se deban exclusivamente al medio geográfico, señala en su página en internet, el Gobierno de México.
Las elementos y condiciones deben ser:Fuente:
- Un producto de características únicas o calidad especial que lo individualizan entre los productos de su misma especie.
- Características o calidad especial derivadas exclusivamente de factores naturales y humanos.
- El producto es identificado o designado con el nombre del lugar en que se produce.
Con información del Instituto Mexicano de la Propiedad Industrial, IMPI.
La Denominación de Origen Mezcal, norma las características de la producción y calidad del mezcal oaxaqueño, los productores están obligados cumplir con los requisitos de la NOM-070-SCFI-2016, el maguey o agave utilizado en la producción de mezcal deberá proceder del territorio que comprende la Denominación de Origen Mezcal y únicamente se permite la producción y el envasado subsecuente del Mezcal dentro de la DOM.
Actualmente, tienen la denominación los estados de: Oaxaca, Guerrero, San Luis Potosí, Zacatecas y Durango, además de 2 municipios de Guanajuato, 11 municipios de Tamaulipas, 29 municipios de Michoacán y 116 municipios de Puebla, en este momento hay un proceso de apelación, ya que en el 2018 se modificó la resolución para incluir municipios del Estado de México, Aguascalientes y Morelos, y 4 municipios Sinaloa.